Dos de sellos de calidad con sus diferencias: ¿qué es una D.O.P. y una I.G.P.?
Te suena haber escuchado aquello de “la morcilla ¡que sea de Burgos!”; y el turrón, ¡de Alicante!; la faba… ¡sin duda, nada como un viaje a Asturias! Que te gusta la ensaimada, ¡vuela a Mallorca, donde encontrarás las más irresistibles!
Cuando vas a comprar, te habrás fijado que algunos productos agroalimentarios tienen algo similar a una «marca personal» que los distingue por su calidad: la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) y la Indicación Geográfica Protegida (I.G.P). Aunque ambos sellos europeos certifican la reputación y el buen nombre del artículo, las siglas D.O.P. y la I.G.P. tienen sus diferencias.
Sellos de calidad de I.G.P. y D.O.P, respectivamente.
Para defender lo que nos distingue, el Parlamento Europeo y el Consejo establecieron en 2012 un reglamento con el objetivo de garantizar la calidad de nuestros productos agrícolas y alimenticios. Nos fijamos primero en el sello D.O.P., rojo y amarillo. Esta marca, con sus estrellas y sus campos arados, indica tres cuestiones importantes: que el producto procede de un lugar o una región determinada (a veces, un país); que su calidad y sus características se deben por completo a esa geografía; y que se garantiza que todas las fases de producción se han realizado en ese lugar.
La I.G.P. también es un sello de calidad, en este caso de color azul y amarillo. De entrada puede parecernos muy similar. De hecho, la geografía es el nexo común entre D.O.P. e I.G.P. Esta segunda marca también nos asegura que el producto que compramos corresponde a un lugar o región concretos. Pero –y aquí empiezan las diferencias–, en la D.O.P. la calidad o las características del alimento se deben «fundamental o exclusivamente a un medio geográfico particular». Por el contrario, en la I.G.P. el requisito es que «una cualidad determinada, una reputación u otra característica» pueda «esencialmente atribuirse a su origen geográfico». En definitiva: el lugar de origen pesa mucho más en una D.O.P. que en la I.G.P., donde basta con que una (y no todas) las características del alimento estén vinculadas al medio.
Y esto nos lleva a otra diferencia: la de la producción. En una D.O.P., las fases para elaborar un alimento tienen lugar «en su totalidad» en una zona geográfica concreta. Un sello I.G.P. nos indica que «al menos una» de las fases se ha realizado en el lugar de origen (pero no todas). La D.O.P. nos garantiza no solo que ese alimento es propio de una zona, sino que se elabora cien por cien allí. Fijaos, además, en un matiz interesante: la DOP se refiere a factores naturales y humanos de ese lugar. De ese modo se protegen y se distinguen características que hacen especial a esa geografía y a sus productos, y nos aseguramos que perviven tradiciones centenarias.
Pertenecer a una D.O.P. significa, además, que se cumplen parámetros muy estrictos que vigila un Consejo Regulador. Por poneros un ejemplo, en España hay veintiséis quesos con Denominación de Origen Protegida, entre ellos el Queso Camerano de La Rioja. Gracias a dos queserías (una de ellas, Lácteos Martínez Queso Los Cameros), este manjar se elabora «exclusivamente» con leche de cabra de Los Cameros, de forma tradicional, lo que también incluye las características marcas de la cilla, es decir, el molde de mimbre donde se prensaba el queso.
Queso de Cabra Semicurado Los Cameros con D.O.P. Queso Camerano.
Ahora ya sabes que si encuentras las etiquetas D.O.P. e I.G.P. tienes garantizada la calidad que exige la Unión Europea. Y en el caso de la D.O.P., te llevas a casa el sabor de una «marca personal» que hace de ese producto algo único y exclusivo.
Dos de sellos de calidad con sus diferencias: ¿qué es una D.O.P. y una I.G.P.?,